27.3.09

D´ACI Legal

Por Armada&Prou, Bufetes de Abogados de Callosa d´en Sarrià

Para finalizar con el análisis de la Ley 35/2007, debemos señalar que la solicitud de la percepción de forma anticipada de la deducción en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas o de la prestación no contributiva de la Seguridad Social, se podrá efectuar a partir de la inscripción del descendiente en el Registro Civil; y los encargados de comprobar si se cumplen todos los requisitos exigidos por la Ley para acceder a dicho prestación, serán el Ministerio de Economía y Hacienda y el Ministerio de Trabajos y Asuntos Sociales.

Por último, recordar que quien tiene que cumplir los requisitos de residencia legal, efectiva y continuada en territorio español durante al menos los dos años inmediatamente anteriores al hecho del nacimiento o la adopción, es la madre o, en caso de adoptantes del mismo sexo, el que ambas partes determinen de mutuo acuerdo. Se produce aquí un agravio comparativo a favor de los adoptantes del mismo sexo, pues en caso de que uno sólo de ellos cumpla los requisitos, podrán acceder a la prestación; en cambio, en el caso de padres de distinto sexo, la única beneficiaria es la madre, no pudiendo optar a esta percepción si ella misma no cumple el requisito preceptivo de la residencia legal en España durante los dos años anteriores al nacimiento.

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