14.10.11

Novagestión informa.Concurrencia de convenios colectivos

¿Qué debemos saber sobre la concurrencia de Convenios Colectivos? Un Convenio Colectivo, durante su vigencia, no podrá ser afectado por lo dispuesto en Convenios de ámbito distinto, salvo pacto en contrario negociado en convenios o acuerdos colectivos sectoriales, de ámbito estatal o autonómico o en un Acuerdo Marco. Salvo que un acuerdo o convenio colectivo de ámbito estatal o de Comunidad Autónoma estableciera reglas distintas sobre estructura de la negociación colectiva o concurrencia entre convenios, la regulación de las condiciones establecidas en un convenio de empresa tendrá prioridad aplicativa respecto del convenio sectorial estatal, autonómico o de ámbito inferior en las siguientes materias: -La cuantía del salario base y de los complementos salariales, incluidos los vinculados a la situación y resultados de la empresa. -El abono o la compensación de las horas extraordinarias y la retribución específica del trabajo a turnos. -El horario y la distribución del tiempo de trabajo, el régimen de trabajo a turnos y la planificación anual de las vacaciones. -La adaptación al ámbito de la empresa del sistema de clasificación profesional de los trabajadores. -La adaptación de los aspectos de las modalidades de contratación que se atribuyen legalmente a los convenios de empresa. -Las medidas para favorecer la conciliación entre la vida laboral, familiar y personal. Salvo pacto en contrario, los sindicatos y las asociaciones empresariales que reúnan los requisitos de legitimación podrán, en el ámbito de una Comunidad Autónoma, negociar acuerdos o convenios que afecten a lo dispuesto en los de ámbito estatal siempre que dicha decisión obtenga el respaldo de las mayorías exigidas para constituir la comisión negociadora en la correspondiente unidad de negociación.
Para cualquier duda o aclaración que puedan tener al respecto pueden ponerse en contacto con las oficinas de este despacho profesional sitas en Calle Colón nº 3, 1º A de Callosa d’en Sarrià o mediante teléfono 965 88 60 26 o a través del correo electrónico info@nmb.es.

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