20.10.11

Arte y cultura.Los 86 litros de la Fuente del Chorro

Por Francisco Sanchis Gadea

Tras la segregación de Polop de los pueblos de Benidorm, Nucia y Alfaz y su creación como municipios independientes, los regantes y propietarios del “Nuevo Riego”, fundado por Beatriz Fajardo, seguían conservando las prerrogativas sobre las aguas que brotaban en el barranco de Polop. A dicho riego le fueron asignados manantiales propios pero la dificultad de determinar el aprovechamiento de los sobrantes fue la causa de una serie de enfrentamientos entre Polop y estos nuevos municipios. Es de suma importancia el histórico pleito-acuerdo seguido en el año 1911 entre el Alcalde de Polop y el Sindicato de Riego Mayor de Alfaz pues aclara y justifica la tantas veces repetida “Concesión de 86 litros por segundo de tiempo de las fuentes, –Garrofer o Sirer y Terrer-, del Chorro”.
Transcurrían los primeros días de abril de 1910 y el Inspector de Sanidad informó, mediante sendos escritos, remitidos al Delegado de Sanidad y al Alcalde de Polop, del peligro que sufría la población por las malas condiciones que concurrían en las aguas potables. Llegaban a los caños, donde se abastecía el vecindario, descubiertas en su trayecto y en su nacimiento se daban, diariamente, abusos lamentables. Allí se lavaban ropas y enseres sucios, abrevaban los ganados y los transeúntes indigentes practicaban su limpieza según su acomodo. Para corregir tales abusos y evitar los perjuicios consiguientes se propuso que, con urgencia, el Ayuntamiento ejecutara las obras que permitieran conducir las aguas, en cauce cerrado, desde su origen hasta los caños de la fuente. Se procedió a encauzar las aguas potables tapándolas en su nacimiento para evitar que fueran ensuciadas, tanto por los vecinos como por los transeúntes, en perjuicio de la salud pública.
Desde inmemorial las aguas del “Sirer” y del “Terrer”, que nacen en la parte superior del puente situado en el barranco de la carretera de Pego a Benidorm, han venido aprovechándose para el abastecimiento del vecindario de Polop y beneficio de las tierras que constituían el Riego del “Chorro”, dejando correr los excedentes, si los había, frecuentemente por las noches y sin tener cantidad asignada. Los miembros del Sindicato de Alfaz se encontraban indignados pues sufrían sequía, sus fuentes mermaban, no disfrutaban de sobrantes y los molineros distraían el escaso caudal de la acequia. Además contaban con poseer derechos sobre la acequia por la que discurrían dichas aguas asegurando que el Ayuntamiento no estaba autorizado a realizar estas obras.
El Sindicato de Alfaz, abril de 1911, por medio de su Presidente, Vicente Llorca Castells, interpuso una demanda de interdicto de recobro contra el Alcalde de Polop, Miguel Masanet Devesa, en el Juzgado de Primera Instancia del Partido Judicial de Callosa de Ensarria como consecuencia de haber iniciado el cubrimiento de las aguas en el barranco de las Fuentes. La vista tuvo lugar los días 5 y 6 de mayo en el Juzgado de Callosa. No obstante, se iniciaron contactos entre el Presidente del Sindicato de Alfaz y el Alcalde de Polop que, en vista de los intereses entre los dos organismos a los que representaban, transigieron sus diferencias. Llegaron a un acuerdo que consistía en aforar, durante un mes, la totalidad de las aguas de las referidas fuentes dándose curso a la porción de aguas necesarias para mover una muela del último molino harinero que se encontraba en el cauce, -Molino del Oficial-. Dicho caudal correspondió al Riego de Alfaz siendo el resto de las aguas, 86 litros, el correspondiente al abastecimiento y riego de Polop. Se construyó un módulo que distribuyó las aguas. Los 86 litros/segundo serian para Polop y el exceso vertería al barranco e iría al Riego de Alfaz que abonaría por ello una cantidad mensual sujeta a una serie de condicionantes para épocas de sequía. El Presidente del Sindicato de Alfaz y el Alcalde de Polop se congratularon por las gestiones que pusieron fin al litigio y concurrieron a la otorgación de la escritura de transacción de la Fuente del Chorro que rubricaron, ante el notario de Villajoyosa el día 30 de Junio de 1911.

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