23.1.09

D´ACI Legal

Por Armada & Prou, Bufetes de Abogados de Callosa d´en Sarriá

Para finalizar el tema referido a la violencia de género, consideramos muy importante recalcar los siguientes puntos:
1.- Toda mujer que sufra malos tratos físicos y/o psíquicos ha de denunciar su situación ante las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado o, en su defecto, en el Juzgado de Guardia correspondiente a su demarcación territorial.
2.- Al formalizar la denuncia, les asiste el derecho a la asistencia jurídica, por lo que es aconsejable solicitar siempre la presencia del abogado de guardia.
3.- Siempre han de acreditar las lesiones que puedan haber sufrido, por lo que deberán inmediatamente ser reconocidas por el médico. Con posterioridad será el médico forense el que determine las lesiones a los efectos pertinentes.
4.- En su denuncia deberán solicitar todas las medidas necesarias para garantizar su integridad y la de sus hijos o familiares más directos. Deberán solicitar las medidas de alejamiento necesarias y las medidas civiles oportunas (aconsejable siempre, cuando hay hijos).
5.- No tener miedo a denunciar y dejarse aconsejar por los excelentes profesionales que les asistirán.

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