26.12.08

D´ACI Legal

Trataremos, grosso modo, los derechos de las mujeres víctimas de la violencia de género (artículos 17 a 27 de la Ley 1/2004,28 de diciembre, de medidas de protección integral).Toda mujer maltratada tiene derecho a:
1.- Derecho a la información (recibir plena información y asesoramiento adecuado de su situación personal);
2.- Derecho a la asistencia social integral (Información a las víctimas, atención psicológica, apoyo social, apoyo educativo a la unidad familiar, seguimiento de las reclamaciones de los derechos de la mujer y apoyo a la formación e inserción laboral); 3.-Derecho a la Asistencia Jurídica Gratuita (deben acreditar insuficiencia de recursos económicos para litigar);
4.-Derechos laborales y de Seguridad Social (reducción o reordenación de su tiempo de trabajo, movilidad geográfica, cambio de centro de trabajo, suspensión relación laboral con reserva del puesto de trabajo y extinción del contrato de trabajo. La suspensión o extinción del contrato de trabajo darán lugar a la situación legal de desempleo. A las trabajadoras por cuenta propia se les suspenderá la obligación de cotización durante un período de seis meses, siendo su situación como asimilada al alta);
5.- Derechos de las funcionarias públicas (reducción o reordenación de su tiempo de trabajo, movilidad y excedencia).

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